Vuelo retrasado desde España: Lufthansa ordena compensar a un pasajero
Una pasajera que sufrió un retraso de más de cuatro horas en un vuelo entre Bilbao y Ciudad de México ganó su caso contra Lufthansa. La compañía alemana, que alegó condiciones meteorológicas desfavorables para justificar la cancelación de un vuelo, fue condenada a pagar una indemnización de 600 euros y a cubrir las costas judiciales.
Casi ocho meses después de los hechos, los tribunales españoles se pronunciaron. Lufthansa tendrá que pagar 600 euros a un pasajero cuyo viaje entre Bilbao y Ciudad de México se vio gravemente perturbado en noviembre de 2025. El Tribunal de Primera Instancia de Santander consideró que la aerolínea no había demostrado que las malas condiciones meteorológicas citadas constituían circunstancias extraordinarias que le permitieran eludir sus obligaciones para con sus clientes.
El 6 de noviembre de 2025, Aida E. tenía previsto salir de Bilbao a las 6.45 horas para llegar a Ciudad de México, con escala en Frankfurt. Pero el primer vuelo de su itinerario fue cancelado. Lufthansa le ofreció entonces una ruta alternativa vía Madrid antes de llegar a la capital mexicana. Resultado: llegada a destino con más de cuatro horas de retraso.
A su regreso, la pasajera intentó obtener una compensación directamente de la compañía. Ante la falta de respuesta, finalmente se puso en contacto con Reclamador, plataforma especializada en la defensa de los derechos de los consumidores, para iniciar un proceso judicial.
La empresa citó fuertes vientos.
Para defenderse, Lufthansa explicó que el avión que iba a realizar el vuelo Bilbao-Frankfurt no había podido aterrizar en Bilbao la noche anterior debido a los fuertes vientos. Según la compañía, esta situación hizo que el avión no estuviera disponible para el vuelo previsto para la mañana siguiente.
La aerolínea alemana también citó la congestión en los aeropuertos relacionada con el clima y dijo que las circunstancias no le permitían ofrecer desvíos más eficientes. Por tanto, para Lufthansa el retraso sufrido por el pasajero constituía un caso de fuerza mayor.
Pero estos argumentos no convencieron al juez. Tras examinar las pruebas presentadas por ambas partes, el tribunal concluyó que la empresa no había aportado pruebas suficientes que demostraran la existencia de condiciones meteorológicas excepcionales en el momento pertinente.
La decisión destaca, en particular, que otros aviones pudieron aterrizar normalmente en Bilbao en la misma franja horaria que el vuelo procedente de Frankfurt. Un elemento que debilita considerablemente la tesis defendida por Lufthansa.
Una decisión que recuerda los derechos de los pasajeros
En su sentencia dictada el 8 de junio, el magistrado recuerda que las compañías aéreas están obligadas a indemnizar a los pasajeros en caso de retraso importante, a menos que demuestren que es consecuencia de circunstancias extraordinarias que escapan completamente a su control.

Sin embargo, en este caso, el tribunal considera que la cancelación del vuelo no se basó en un obstáculo insalvable sino más bien en una decisión operativa tomada por la compañía en base a las previsiones meteorológicas. Tal decisión no exime, según el juez, de responsabilidad legal.
La sanción no se limita a una indemnización de 600 euros. También se condenó a Lufthansa al pago de los intereses y de todas las costas judiciales. El tribunal incluso mencionó una forma de “imprudencia” en la actitud de la empresa.
El juez criticó especialmente a Lufthansa por no haber respondido nunca a la reclamación amistosa del pasajero. Según la decisión, este silencio obligó a este último a iniciar un procedimiento judicial para obtener una suma relativamente modesta. El magistrado cree que este comportamiento puede desalentar quejas legítimas de los viajeros y retrasar el cumplimiento de las obligaciones de las aerolíneas.
Vuelo retrasado o cancelado: ¿cuáles son sus derechos?
¿Su vuelo está cancelado o llega con más de 3 horas de retraso? Es posible que tenga derecho a una compensación, siempre que el vuelo salga de la Unión Europea o llegue a la UE con una aerolínea europea.
Qué puedes preguntar:
* 250 € para un vuelo de hasta 1.500 km;
* 400 € para un vuelo entre 1.500 y 3.500 km;
* 600 € para un vuelo de más de 3.500 km.
La empresa también debe ayudarle in situ. :
* comidas y bebidas;
* dos llamadas o mensajes;
* hotel y transporte si el vuelo se pospone hasta el día siguiente.
En caso de cancelación:
* podrás elegir entre otro vuelo o reembolso del billete;
*si aceptas un reembolso, la empresa ya no tiene que pagar hotel ni comidas.
Tenga en cuenta que no habrá compensación si:
* la empresa le ha avisado con al menos 14 días de antelación;
* el retraso o cancelación proviene de una circunstancia excepcional: climatología, seguridad, desastre natural.
A ser compensado:
* conservar boletos, tarjetas de embarque, correos electrónicos y recibos;
* presentar una queja en el sitio web de la empresa;
* sin respuesta después de dos meses, contactar con el Mediador de Turismo y Viajes.
